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Panamá, 20 de enero de 2021
Panamá Pacífico - Regímenes Especiales de Inversión
Este régimen especial es creado por medio de la Ley No. 41 de 2004, y es administrado, dirigido, operado y desarrollado por la Agencia Panamá Pacífico
Este régimen especial es creado por medio de la Ley No. 41 de 2004, y es administrado, dirigido, operado y desarrollado por la Agencia Panamá Pacífico.
El Área Panamá-Pacífico, que es un área de 2,005 hectáreas ubicadas en la ribera oeste del Canal de Panamá, por el Océano Pacífico, donde operó la Base Aérea de Howard bajo comando de los Estados Unidos de América, hasta su reversión en 1999, en virtud de los Tratados del Canal de Panamá. De igual forma, la Agencia Panamá Pacífico tiene la función de facilitar los trámites que deben realizar las empresas instaladas y asistirlos en las necesidades que ellos requieran.
Actividades permitidas:
- Las personas naturales o jurídicas que se establezcan en el Área Panamá-Pacífico podrán realizar todo tipo de actividades, de cualquier índole, que no estén expresamente prohibidas por las normas legales vigentes de la República de Panamá, en materia de salud, seguridad y orden público.
- En caso de actividades que, a criterio de la Agencia, puedan afectar el equilibrio de contratos celebrados por el Estado, las personas naturales o jurídicas que se dediquen a estas actividades podrán registrarse o inscribirse en el Registro del Área Panamá-Pacífico, pero no serán beneficiarias de los incentivos fiscales y laborales de la presente
- Dentro del Área Panamá-Pacífico, no habrá salas de exhibición de productos que se comercialicen al por mayor internacionalmente en otras zonas libres o con tratamiento fiscal especial.
Estan exentas del pago de los impuestos sobre las rentas, utilidades o ganancias derivadas de las siguientes actividades:
- Enajenación de acciones entre empresas del área.
- Traspaso de bienes y prestación de servicios entre empresas del área o a empresas establecidas en zonas libres de petróleo o recintos
- Venta de mercancías o prestación de servicios a naves y aeronaves en tránsito por Panamá, que crucen el Canal de Panamá con destino al exterior o que usen puertos habilitados en Panamá con destino al exterior, y sus pasajeros y tripulantes, salvo que la venta la realice el propio manufacturero o una empresa de su mismo grupo económico.
- Servicios o actividades relacionados con la aviación y aeropuertos, transporte, manejo y almacenamiento de carga, mantenimiento, reparación, conversión y reconversión de aeronaves, partes y/o piezas de aeronaves, así como la distribución, manufactura de partes y/o piezas de aeronaves. f) Manufactura de productos, componentes y partes de alta tecnología.
- Servicios Multimodales y Logísticos.
- Servicios de centro de llamadas (call center); procesamiento, captura, almacenamiento, conmutación, transmisión y retransmisión de datos e información digital; enlace de señales de radio, audio, televisión, vídeo y/o datos; administración de oficinas a usuarios dentro del área o fuera del territorio de Panamá;
- Investigación y desarrollo de recursos y aplicaciones digitales para usos de redes intranet e Internet.
Más información: www.app.gob.pa
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